Para aplazamientos de deuda con la Seguridad Social superiores a 30.000 €, es necesario avalar con tasación de un bien cómo garantía de pago.
AGENCIA TRIBUTARIA
Para aplazamientos de deuda con la agencia tributaria superiores a 30.000 €, es necesario avalar con tasación de un bien cómo garantía de pago.
SEGURIDAD SOCIAL
